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Normativa Montevideo
Artículo D.2885
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. D.2885
Articulo D.2885
Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado el procedimiento, el Servicio de Inspección General elevará a la Comisión Especial, acompañados por un ejemplar del acta a que se refiere el artículo D.2884 , el material objeto de la incautación y los elementos que sirven de medio o se han aplicado a la exhibición.
Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado el procedimiento, el Servicio de Inspección General elevará a la Comisión Especial, acompañados por un ejemplar del acta a que se refiere el artículo D.2884, el material objeto de la incautación y los elementos que sirven de medio o se han aplicado a la exhibición.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360