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Normativa Montevideo

Artículo D.3100

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. D.3100

De los Espectáculos Públicos / Legislativa / Único / De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos / De las Cabinas de Proyección

Articulo D.3100

Son aplicables a las cabinas de proyección los artículos D.3076 , D.3081 , D.3082 , D.3084 , D.3085 sobre tableros generales; y los artículos D.3087 , D.3089 y D.3090 del tablero de cabina del escenario.
Notas
Son aplicables a las cabinas de proyección los artículos D.3076, D.3081, D.3082, D.3084, D.3085 sobre tableros generales; y los artículos D.3087, D.3089 y D.3090 del tablero de cabina del escenario.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360