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Normativa Montevideo
Artículo D.3123
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. D.3123
Articulo D.3123
Las lámparas de arco se colocarán dentro de una caja metálica u otro dispositivo, que evite la proyección al exterior de partículas incandescentes. Las ventanas de ventilación de las mismas, estarán provistas de rejillas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360