Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.3140
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. D.3140
Articulo D.3140
El encendido de estas luces se realizará automáticamente mediante un relais, de tensión cero, aprobado por la U.T.E y que se conectará a la salida de los cortacircuitos generales del tablero de la cabina.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360