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Normativa Montevideo

Artículo D.3146.52

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. D.3146.52

De los Espectáculos Públicos / Legislativa / Único / Habilitación Comercial y Condiciones de Funcionamiento de Locales Con Destino Total o Parcial Espectáculos Públicos / Sanciones

Articulo D.3146.52

El incumplimiento de las obligaciones tributarias o las multas impagas por parte de los responsables de los establecimientos, podrá determinar según el plazo de atraso establecido en los artículos siguientes, la clausura del establecimiento hasta regularizar la situación frente a la Intendencia de Montevideo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360