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Normativa Montevideo

Artículo R.1513.10

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1513.10

De los Espectáculos Públicos / Reglamentaria / Único / Disposiciones Generales

Articulo R.1513.10

A los efectos de lo dispuesto por el artículo D.2787 , y en lo que tiene que ver con los espectáculos cinematográficos, se entiende por última parte la que corresponde a los cortos y película, con prescindencia de la publicidad en pantalla.
Notas
A los efectos de lo dispuesto por el artículo D.2787, y en lo que tiene que ver con los espectáculos cinematográficos, se entiende por última parte la que corresponde a los cortos y película, con prescindencia de la publicidad en pantalla.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360