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Normativa Montevideo
Artículo R.1513.6
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1513.6
Articulo R.1513.6
Los títulos de las obras especificadas de acuerdo a lo preceptuado por los apartados B y C del artículo D.2777 , no podrán ser modificados luego del estreno de una obra o película, ni alterarse o agregársele sub-títulos de ninguna especie.
Los títulos de las obras especificadas de acuerdo a lo preceptuado por los apartados B y C del artículo D.2777, no podrán ser modificados luego del estreno de una obra o película, ni alterarse o agregársele sub-títulos de ninguna especie.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360