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Normativa Montevideo

Artículo R.1558

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1558

De los Espectáculos Públicos / Reglamentaria / Único / De los Espectáculos Deportivos / De la Capacidad, Medios de Circulación, Evacuación

Articulo R.1558

Distribución de puertas de salidas. La distribución de las puertas de salidas del estadio o campo deportivo será de tal manera que aquellas aseguren una evacuación rápida y uniforme de todo el estadio, sin interferencias de los distintos sectores o tribunas entre sí. Cada localidad, sector o sección contará como mínimo con los medios de salida en número y anchos necesarios, que sirven y conduzcan a los medios generales de salida con el mínimo de tiempo y recorrido. Además de todas las medidas previstas en estas normas, y para facilitar y asegurar un "tiempo de evacuación" prudencial, la Intendencia, podrá exigir se establezcan, otras aberturas de salida, escaleras, pasillos, pasajes generales, etc., cuando las oficinas técnicas competentes así lo aconsejen.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360