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Normativa Montevideo
Artículo R.1582.101.3
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.101.3
Articulo R.1582.101.3
La solicitud de excepción prevista en el artículo D.3146.45 , podrá ser presentada ante el Gobierno Municipal competente, quien remitirá las actuaciones en plazo no superior a 15 días corridos, adjuntando informe fundado para su resolución por parte de la Comisión Mixta creada por el art. 46 del Decreto No. 36.615 de 3 de abril de 2018. La Comisión, previo a pronunciarse, podrá solicitar los informes complementarios que entienda pertinentes.
La solicitud de excepción prevista en el artículo D.3146.45, podrá ser presentada ante el Gobierno Municipal competente, quien remitirá las actuaciones en plazo no superior a 15 días corridos, adjuntando informe fundado para su resolución por parte de la Comisión Mixta creada por el art. 46 del Decreto No. 36.615 de 3 de abril de 2018. La Comisión, previo a pronunciarse, podrá solicitar los informes complementarios que entienda pertinentes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360