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Normativa Montevideo

Artículo R.1582.44

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.44

De los Espectáculos Públicos / Reglamentaria / Único / De los Espectáculos Carnavalescos / De la Comisión Honoraria de Admisión

Articulo R.1582.44

Tendrá como cometido especifico controlar el nivel artístico de los conjuntos que participen de las festividades oficiales. A esos efectos y por razones debidamente fundadas, la Comision Honoraria de Admisión por sí y por unanimidad podrá exigir o exonerar la Prueba de Admisión a los conjuntos que estime corresponda.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360