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Normativa Montevideo
Artículo R.1582.54
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.54
Articulo R.1582.54
La Entidad representativa de los directores de agrupaciones carnavalescas designará un representante que oficiará de nexo entre los mismos y el Presidente de la Comisión de Calificación, con el único fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360