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Normativa Montevideo

Artículo R.1582.60

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.60

De los Espectáculos Públicos / Reglamentaria / Único / De los Espectáculos Carnavalescos / De la Comisión de Calificación

Articulo R.1582.60

En caso de empate de alguno de los premios en disputa se sumará el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores inmediatos, dividiéndolos entre los conjuntos en igualdad de puntaje. En tales circunstancias al sumarse el premio empatado o empatados, con el posterior o posteriores inmediatos, éstos se darán por adjudicados.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360