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Normativa Montevideo
Artículo R.1582.65
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.65
Articulo R.1582.65
Los artistas o conjuntos que no participen del Concurso Oficial y deseen presentarse en el Desfile Oficial, deberán solicitar por nota la correspondiente autorización del Servicio de Turismo y Eventos el que, si lo considera motivo de interés para el mayor brillo del espectáculo podrá acceder a lo solicitado.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360