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Normativa Montevideo
Artículo R.1582.69
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos · Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos672
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos, art. R.1582.69
Articulo R.1582.69
No se admitirá la participación en el desfile oficial ni en ninguna clase de presentación de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del INAU, ni de personas que, por medio de gestos o ademanes, demuestren amoralidad. Tampoco se permitirá que los integrantes de los conjuntos utilicen vestimentas propias del sexo opuesto en forma incorrecta.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48360
ReferenciaVolumen XIII De los Espectáculos Públicos
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48360