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Normativa Montevideo

Artículo D.3147

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. D.3147

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las rifas y sorteos / Legislativa / Único / De las rifas

Articulo D.3147

Se considera rifa todo juego en el que se efectúe entrega de premios, consistentes en cualquier clase de objetos, interviniendo el azar o la fortuna, mediante el sorteo de los mismos por boletos, cupones, vales, cédulas o cualquier otro sistema que pueda equipararse a éstos y por la talla que en el juego pone cada jugador, pagando los números con los cuales entra a gozar del derecho.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449