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Normativa Montevideo

Artículo D.3167

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. D.3167

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las rifas y sorteos / Legislativa / Único / De los sorteos comerciales gratuitos

Articulo D.3167

El cálculo del tributo departamental se realizará sobre el valor declarado de los premios ofrecidos. Cuando el valor que surja de las facturas de compra de los premios ofrecidos sea sensiblemente inferior a los precios de plaza, la Administración queda autorizada a estimar el monto de oficio, tomando como referencia el momento de acordarse la autorización de los eventos respectivos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449