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Normativa Montevideo
Artículo D.3174
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. D.3174
Articulo D.3174
Las colecciones de figuritas o cromos que efectúen las empresas periodísticas por sí mismas o por los anunciadores a través de los diarios estarán eximidas de la obligación impuesta en los apartados c) y d) del artículo D. 3173 . En el caso la participación en los sorteos podrá realizarse: a) mediante el envío de cupones publicados en los diarios; b) con cupones que las respectivas empresas periodísticas otorguen mediante la presentación de álbumes completos o de colecciones de figuritas o cromos.
Las colecciones de figuritas o cromos que efectúen las empresas periodísticas por sí mismas o por los anunciadores a través de los diarios estarán eximidas de la obligación impuesta en los apartados c) y d) del artículo D. 3173.
En el caso la participación en los sorteos podrá realizarse:
a) mediante el envío de cupones publicados en los diarios;
b) con cupones que las respectivas empresas periodísticas otorguen mediante la presentación de álbumes completos o de colecciones de figuritas o cromos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449