Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.3179
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. D.3179
Articulo D.3179
Toda infracción a las obligaciones prescriptas en este Libro será sancionada con una multa que se graduará entre 10 U.R. (Diez Unidades Reajustables) y el máximo legal, según su gravedad.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449