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Normativa Montevideo

Artículo D.3184

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. D.3184

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las rifas y sorteos / Legislativa / Único / De las rifas en los tablados

Articulo D.3184

Las Comisiones de Tablados interesadas en realizar rifas con la finalidad a que se refiere el artículo D. 3181 , presentarán sus solicitudes en el Servicio de Festejos y Espectáculos, en formularios que al respecto se imprimirán, detallando el o los objetos a sortearse, su precio, cantidad de billetes, serie y valor de los mismos.
Notas
Las Comisiones de Tablados interesadas en realizar rifas con la finalidad a que se refiere el artículo D. 3181, presentarán sus solicitudes en el Servicio de Festejos y Espectáculos, en formularios que al respecto se imprimirán, detallando el o los objetos a sortearse, su precio, cantidad de billetes, serie y valor de los mismos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449