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Normativa Montevideo
Artículo R.1597
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. R.1597
Articulo R.1597
Tramitación de expedientes de expropiación. La tramitación de expedientes de expropiación se ajustará a las siguientes normas: a) resuelta la adquisición de un inmueble con cargo al rubro "Expropiaciones" y recabada la conformidad del propietario, el expediente será remitido al Departamento de Recursos Financieros, para determinar la situación de las cuentas por contribución de mejoras que afectan al mismo; b) producida dicha información, el expediente será remitido al Servicio de Escribanía a efecto de llenar las diligencias necesarias para efectuar la escrituración a favor de la Intendencia; y, c) cumplida la intervención del Servicio de Escribanía, el expediente será devuelto a la Contaduría General para la imputación pertinente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449