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Normativa Montevideo

Artículo R.1597.1

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. R.1597.1

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las expropiaciones / Reglamentaria / Único / Único

Articulo R.1597.1

En las expropiaciones en que medie aceptación condicional por los particulares, el trámite tendrá carácter preferencial y de urgencia, extremo que se señalará con un rótulo especial en la cubierta del expediente respectivo, a fin de que los antecedentes estén en condiciones de ser remitidos al Servico de Escribanía de la Intendencia, antes del vencimiento del plazo fijado por el expropiado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449