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Normativa Montevideo

Artículo R.1613

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. R.1613

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las expropiaciones / Reglamentaria / Único / Único

Articulo R.1613

El acta notarial podrá operar en forma supletoria de la escritura pública en todos los casos en que resulte conveniente obviar, por cualquier circunstancia, la solemnidad de dicha escritura, pero tenderá siempre a documentar la traslación de dominio que la expropiación provoca como último resultado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449