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Normativa Montevideo

Artículo R.1615

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones · Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos85
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones, art. R.1615

Rifas y Sorteos. Expropiaciones / De las expropiaciones / Reglamentaria / Único / Único

Articulo R.1615

Si el o los citados comparecieren, el Servicio de Escribanía los instruirá de la documentación que deberán presentar, dentro de los treinta días corridos a fin de otorgar oportunamente el contrato correspondiente. De esta diligencia, se dejará constancia que suscribirán el o los citados y el Escribano actuante.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:48449
ReferenciaVolumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A48449