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Normativa Montevideo

Artículo R.1095

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1095

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Máquinas de Juegos (Slots) / Del Cierre de la Sesión y Liquidación

Articulo R.1095

El cierre de la sesión comenzará una vez que los apostadores que tengan fichas metálicas en su poder y/o formularios de pago de premios en efectivo, hubieran realizado el cobro de sus aciertos una vez llegada la finalización del juego.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134