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Normativa Montevideo

Artículo R.1097

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1097

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Máquinas de Juegos (Slots) / Del Cierre de la Sesión y Liquidación

Articulo R.1097

El Jefe procederá luego de la toma de contadores a verificar si los datos obtenidos fueron registrados correctamente, si esto fuera así se dará la aprobación firmando el formulario "MS-2" conjuntamente con el Oficial, Inspector, Operador y el funcionario de Secretaría. El formulario "MS-3", lo firmarán además del Inspector, el Oficial y el Operador. Terminadas todas estas operaciones se comenzará la liquidación por recuento de fichas metálicas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134