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Normativa Montevideo
Artículo R.1144
Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1144
Articulo R.1144
Si una persona no quiere tallar cuando le correspondiera, el Pagador debe anunciar "Asiento Libre. ¿Alguien de los Señores de pie desea tallar?" Si no se sentara nadie, pasará al asiento siguiente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134