Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.1148
Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1148
Articulo R.1148
Si hubiera dos personas o más sentadas, con la postura mayor, se entregarán las cartas a la que está más próxima por la derecha del que Banca, en caso de Suite será por derecha del que dio la Suite.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134