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Normativa Montevideo

Artículo R.1152.137

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.137

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Normas Relativas al Personal / De las Tareas de los Funcionarios de los Diversos Escalafones / De los Funcionarios del Escalafón Fiscalización y Vigilancia de Salas de Juegos de Casinos

Articulo R.1152.137

El Fiscal de 1ra. depende del Oficial de 1ra. y le corresponde colaborar con el Inspector en el control de la mesa y registrar los movimientos de juego. Sus tareas típicas son: Entrega al tallador la bola de juego de ruleta para comenzar la apertura luego de la apertura de la misma. Fiscaliza las operaciones de cambio de fichas de canje por fichas de juego. Anota las bolillas ganadoras en la "planilla de bolaje". Controla las propinas recibidas por los funcionarios "profesionales de sala", llena el vale correspondiente y lo entrega al Jefe de Mesa. Anota el vale de funcionarios "profesionales de sala" en la planilla de propinas. Vigila el manejo de las fichas de juego en la mesa. Observa la labor de los funcionarios "profesionales de sala" en el manejo de la "banca". Colabora en el control de los pagos que se efectúan en la mesa de juego. Controla que la partida de juego se realice en forma reglamentaria. Verifica que las fichas de juego que entran y salen de la mesa estén bien documentadas en los respectivos formularios. Realiza las tareas afines que le encomiende su superior jerárquico.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134