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Normativa Montevideo
Artículo R.1152.192
Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.192
Articulo R.1152.192
En los Casinos de la Intendencia, se dictarán cursos de capacitación, cuando a juicio de la Intendencia las necesidades del servicio lo requieran, para los funcionarios comprendidos en el art. D.91 que por él tengan derecho a la promoción a cargos vacantes de los escalafones "Técnicos Profesionales de Sala de Juegos de Casinos", "Fiscalización y Vigilancia de Sala de Juegos de Casinos" y "Recaudación de Sala de Juegos de Casinos", y para las personas que aspiren a ingresar a ellos. En ambos casos la asistencia será obligatoria.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134