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Normativa Montevideo

Artículo R.1152.203

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.203

Casinos Departamentales / Reglamentaria / De los Cursos de Capacitación / Disposiciones generales

Articulo R.1152.203

El Director General examinará las pruebas presentadas por cada aspirante. El puntaje se relacionará del 1 al 10 y no podrá ser aprobado sino el que llegue o exceda el promedio 5.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134