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Normativa Montevideo

Artículo R.1152.24

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.24

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Punto y Banca / Suite

Articulo R.1152.24

Para poder tallar nuevamente la persona deberá esperar que el Sabot diera toda la vuelta en su paño y en el paño contrario. No pudiendo tallar 2 (dos) veces en el mismo paño. Quedan excluidos de este artículo, los apostadores que hubieran comprado la Suite o Suite de Suite.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134