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Normativa Montevideo
Artículo R.1152.51
Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.51
Articulo R.1152.51
Si una carta se entregara "destapada", el jugador tendrá la opción de aceptarla o rechazarla. Si la rechaza se anulará el pase para ese jugador, retirando del pase todas sus cartas y devolviendo su postura.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134