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Normativa Montevideo
Artículo R.1152.53
Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.53
Articulo R.1152.53
Las cartas deben ser vistas sin sacarlas del área de la mesa y siempre a la vista de los demás integrantes de la mesa, así como de los funcionarios a cargo de la misma.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134