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Normativa Montevideo

Artículo R.1152.59

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.59

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Poker

Articulo R.1152.59

Una vez comparada la mano de cada jugador entre sí, el Tallador definirá al ganador y procederá a realizar el pago correspondiente integrando a la Banca las fichas perdedoras y el monto de la deducción. Al jugador ganador, se le pagará el monto total de la "Primera Apuesta" o "Luz" deducido el 5%, las Apuestas realizadas por los demás Jugadores deducido el 5% y la "Apuesta" realizada por el mismo sin deducciones.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134