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Normativa Montevideo

Artículo R.1152.67

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.67

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Poker Caribeño con Pozo Progresivo

Articulo R.1152.67

Una vez que todos los jugadores hayan realizado sus apuestas en el ANTE y al Pozo Progresivo, el Pagador anunciará "no va más", y procederá al reparto de los naipes. Para ello previamente presionará el botón COIN IN, que hace ingresar en la banca las apuestas al Pozo Progresivo, dejando encendidas las luces correspondientes a los jugadores que decidieron apostar al mismo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134