Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1152.9

Volumen IX Casinos Departamentales · Volumen IX Casinos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos298
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IX Casinos Departamentales, art. R.1152.9

Casinos Departamentales / Reglamentaria / Reglamentos de Juegos de Azar / Reglamento de Punto y Banca

Articulo R.1152.9

Dado el último pase se procederá de la siguiente manera para armar nuevamente el Sabot. Las cartas que quedaron dentro del Sabot serán abatidas conjuntamente con las que se encuentren en la Cañota de las Cartas, en el paño contrario al que tendrá que reiniciarse el Sabot. Los Pagadores primero las pondrán todas con las figuras para abajo, procediendo a continuación como al inicio de la partida.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:50134
ReferenciaVolumen IX Casinos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A50134