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Normativa Montevideo
Artículo D.223.160.1
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.160.1
Articulo D.223.160.1
Para la zona Baja Paraguay-La Paz prevista en el artículo D.4455.28 del Volumen XV del Digesto Departamental "Planeamiento de la Edificación", la altura de las edificaciones se medirá a partir de la cota mínima establecida en los artículos D.4455.29 y D.4455.34 del referido Volumen.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202