Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.223.227.2

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.227.2

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / De las normas de régimen general en suelo urbano / Normas particulares / Zonificación terciaria. Régimen general. Área periférica

Articulo D.223.227.2

De acuerdo con el Plan Especial Arroyo Miguelete de Agosto de 2002, se dispone que los predios pertenecientes al área delimitada por: avenida De las Instrucciones; eje del cauce del Arroyo Miguelete; bulevar Aparicio Saravia; avenida De las Instrucciones; camino Edison; eje del cauce arroyo Miguelete; camino Dr. José María Silva; avenida Burgues; bulevar Aparicio Saravia;senda Nº 8 del barrio Casavalle; senda Nº 9 del barrio Casavalle; camino General Leandro Gómez; calle Dr. José Martirené; calle Cuatro; calle Curitiba; y calle Chicago, deberán solicitar un Certificado Libre de Riesgo de Contaminación por Metales Pesados ante el Laboratorio de Higiene Ambiental dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental previo a cualquier gestión que se realice ante el Servicio de Contralor de la Edificación según lo indique la reglamentación respectiva.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202