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Normativa Montevideo
Artículo D.223.243.1
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.243.1
Articulo D.223.243.1
Comisión Especial Permanente de Patrimonio Departamental. Créase una Comisión Especial Permanente de Patrimonio Departamental cuyo ámbito de actuación será sobre todos los elementos incluidos dentro del régimen patrimonial que no se encuentran bajo jurisdicción de una Comisión Especial Permanente de Área Patrimonial. Su integración será reglamentada por la Intendencia de Montevideo, otorgando participación a instituciones públicas y privadas y a personas de reconocida idoneidad, relacionadas al tema de la protección y gestión del patrimonio.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202