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Normativa Montevideo

Artículo D.223.272.79

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.272.79

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano / Normas particulares / Reus al Norte

Articulo D.223.272.79

Establecer protección ambiental para todos los padrones y espacios públicos (vías y plazas) no pertenecientes al conjunto original del Barrio Reus al Norte, que integran la Sub-zona “A”, así como también para los pertenecientes a las Sub-zona “B”, con un especial control sobre la definición de la volumetría de las edificaciones, en particular en la incorporación de elementos emergentes sobre el plano superior de cubierta o de salientes de fachada, tales como tanques elevados, instalaciones sobre azotea, antenas, marquesinas, cartelerías, etc.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202