Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.223.290.1
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.290.1
Articulo D.223.290.1
El suelo Rural se divide por la Zonificación Secundaria en áreas de actuación que identifican partes del suelo que son objeto de políticas específicas. Estas áreas son:
1) Área Agrícola.
2) Área Ecológica Significativa.
3) Área de la Costa Oeste.
4) Área de Usos Mixtos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202