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Normativa Montevideo

Artículo D.223.327

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.327

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / Condiciones para la implantación de usos y actividades / Condiciones para la implantación de usos y actividades en suelo urbano / Actividad industrial

Articulo D.223.327

Las Estaciones de Servicio Automotriz se clasifican de acuerdo a los servicios que prestan en: TIPO I: las que poseen únicamente bocas de suministro de combustible para uso de automotores, lo que podrá complementarse con servicios mínimos para los mismos (ej. suministro de aire, venta de lubricantes). TIPO II: las que prestan los servicios indicados para el tipo I para toda clase de vehículos y que además brindan otros servicios anexos exclusivamente para los mismos (por ej. gomería, cambio de aceite, taller mecánico, lavadero, etc.), pudiendo prestar también algún otro tipo de servicio al usuario (ej. minimercado). Los establecimientos que brinden cualquier tipo de servicio al automóvil (lavaderos, gomerías, cambio de aceite, etc.) y que no suministren combustible se asimilan, a los efectos de la presente normativa, a las estaciones de servicio automotriz tipo I, rigiéndoles todas las disposiciones establecidas para esta categoría. Se excluyen de esta disposición los establecimientos que se dedican a la venta, tanto de vehículos como de artículos para los mismos, considerados como comercio en estas disposiciones.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202