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Normativa Montevideo
Artículo D.223.390
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.390
Articulo D.223.390
Estudios de Impactos. Sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 16.466 de 19 de enero de 1994 y lo dispuesto en la presente normativa, la Intendencia podrá requerir la aprobación de Estudios de Impactos cuando los emprendimientos impliquen riesgos potenciales de afectación a los recursos hídricos o de contaminación aérea o terrestre o impliquen transformaciones paisajísticos relevantes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202