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Normativa Montevideo

Artículo D.223.418

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.418

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / Condiciones para la implantación de usos y actividades / Condiciones para la implantación de usos y actividades en suelo rural / Condiciones particulares para las actividades

Articulo D.223.418

Servicios sociales y de salud. Se incluyen dentro de esta categoría a las policlínicas, centros de internación, casas de salud, asilos y orfanatos. Las policlínicas podrán instalarse en los Estructuradores y en las Centralidades Rurales previa aprobación de Viabilidad de Usos y Estudio de Impacto Territorial Restringido, considerando exclusivamente las afectaciones que puedan derivarse del manejo de los efluentes líquidos y los residuos sólidos y semi-sólidos. Sólo los establecimientos que necesiten vincularse a espacios naturales, con buena calidad del aire o condiciones de aislamiento, tales como asilos, centros para enfermos siquiátricos, o con problemas de adicciones, podrán instalarse en el Suelo Rural de Uso Agrario, cuando no superen una capacidad para 20 camas o usuarios diarios. Podrá admitirse hasta 50 camas o usuarios diarios si se implanta en el Área de Usos Mixtos. En todos los casos se exige aprobación de Viabilidad de Usos y Estudio de Impacto Territorial Restringido, considerando exclusivamente las afectaciones que puedan derivarse del manejo de los efluentes líquidos y los residuos sólidos y semi-sólidos. Ninguno de estos establecimientos podrá superar los 6 metros cúbicos por día de efluentes líquidos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202