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Normativa Montevideo
Artículo D.223.430
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.430
Articulo D.223.430
Tipo de pavimento, materialización del acceso vehicular . El espacio comprendido entre el control de acceso o el acceso y el límite de la calzada debe ser pavimentado con carpeta asfáltica u hormigón, a los efectos de minimizar el arrastre de áridos a la vía pública desde el interior del predio.
Tipo de pavimento, materialización del acceso vehicular. El espacio comprendido entre el control de acceso o el acceso y el límite de la calzada debe ser pavimentado con carpeta asfáltica u hormigón, a los efectos de minimizar el arrastre de áridos a la vía pública desde el interior del predio.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202