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Normativa Montevideo

Artículo D.223.448

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.448

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / Condiciones para la implantación de usos y actividades / Condiciones para la implantación de usos y actividades en Suelo Suburbano / Consideración para la gestión de implantación de emprendimientos

Articulo D.223.448

Emprendimientos que ocupan más de un predio . Se consideran como parte de un mismo emprendimiento todas las actividades propias para el funcionamiento de dicho emprendimiento que se encuentren emplazadas en predios diferentes hasta una distancia máxima de 1.000 (mil) metros, medidos de forma lineal desde los límites del predio. Dicha distancia se medirá entre los puntos más cercanos de los predios considerados.
Notas
Emprendimientos que ocupan más de un predio. Se consideran como parte de un mismo emprendimiento todas las actividades propias para el funcionamiento de dicho emprendimiento que se encuentren emplazadas en predios diferentes hasta una distancia máxima de 1.000 (mil) metros, medidos de forma lineal desde los límites del predio. Dicha distancia se medirá entre los puntos más cercanos de los predios considerados.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202