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Normativa Montevideo
Artículo D.223.77
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.223.77
Articulo D.223.77
Contrato-Programa. La Intendencia, de oficio o a iniciativa de parte interesada podrá convocar a expresiones de interés, para la celebración de un contrato-programa de urbanización o de recuperación urbana, mediante la redacción de bases que contendrán los siguientes puntos: A) Definición de objetivos, conveniencia y oportunidad de la convocatoria. B) Magnitudes generales de las superficies urbanizables. C) Niveles socioeconómicos de los destinatarios de la operación. D) Cesiones a la Intendencia de espacios libres, equipamientos, terrenos para incorporar la Cartera Departamental, de Tierras y otras compensaciones. E) Construcción de la urbanización y los servicios públicos. F) Cualquier otra que la Intendencia disponga. Los oferentes deberán presentar sus ofertas incluyendo: A) Un avance del Plan Especial de Ordenación o del Proyecto de Detalle, según corresponda. B) Plazos propuestos para la realización.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202