Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.224.537.25.41

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.224.537.25.41

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos del ámbito departamental / Legislativa / Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo / URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998. / Del ordenamiento edilicio / De la protección de bienes y entornos urbanos de especial valor testimonial. / Creación, integración y cometidos de la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural.

Articulo D.224.537.25.41

Se integra la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural, que se crea por el Art. anterior, de la siguiente manera: - Dos representantes del Intendente, uno en calidad de Presidente y otro de Vicepresidente. - Tres representantes de la Junta Departamental de Montevideo, un integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Salud y dos integrantes de la Comisión de Área Metropolitana. - Un representante de la Unidad de Promoción y Desarrollo de Montevideo Rural de la Unidad Central de Planificación Departamental, actuando a la vez de calidad de Secretario Ejecutivo. - Un representante del Departamento de Desarrollo Ambiental. - Un representante del Departamento de Cultura. - Un representante del Departamento de Acondicionamiento Urbano. - Tres productores o vecinos de la Zona Rural del Departamento, designados por el Intendente a propuesta de las Juntas Locales y Consejos Vecinales Nº 9 y Nº 10 (un representante); Nº 12 (un representante); Nº 17 y Nº 18 (un representante). - Un representante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. - Un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. - Un representante del Ministerio de Turismo. - Un representante de la Universidad de la República.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202