Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.225.22

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.225.22

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible / Legislativa / Planes Especiales / Escala del Ámbito del Plan / Conformación y calificación del sistema de espacios públicos

Articulo D.225.22

Parques lineales. El espacio público en los parques lineales será el resultado de un proyecto particular que articule los lineamientos del plan con las particularidades locales quedando definido a ambos lados del cauce de los cursos de agua por una faja parquizada y una calle de borde que limita el frente urbano. Se definen los siguientes Parques Lineales: a) Parque lineal Lezica: Arroyo Pantanoso entre Camino Colman y Rubio. Se integrará dentro de circuitos que incorporen los valores patrimoniales, equipamientos colectivos y espacios públicos del entorno. b) Parque lineal Paso de la Arena: Arroyo Pantanoso entre la Av. Luis Batlle Berres y la calle Anatole France. Se materializará asimétricamente con una margen derecha de paseo y apropiación pública y una margen izquierda de contemplación. Se vinculará con el Parque Tómkinson con la conformación del Parque lineal de Cañada Bellaca, y con el paseo aeróbico propuesto entorno al Parque agroalimentario. c) Parque lineal Cañada Bellaca: Cañada Bellaca entre el Arroyo Pantanoso y Camino Cibils. Permitirá la continuidad entre el Parque Tómkinson y el Parque Lineal del Paso de la Arena. d) Parque Agroalimentario. Paseo aeróbico: Definido en el Plan Parcial de Ordenación y Desarrollo Urbano de la Unidad Alimentaria de Montevideo y su Entorno (Decreto. Nº 35.369 de fecha 22 de enero de 2015). Se propone conectar este paseo con el Parque lineal del Paso de la Arena. e) Renaturalización de Cañada Victoria: Entre Av. Luis Batlle Berres y el arroyo. Se plantea renaturalizar la Cañada Victoria y desactivar el pluvial Alaska.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202