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Normativa Montevideo

Artículo D.225.70

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.225.70

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible / Legislativa / Planes Especiales / Estrategias para la implementación, de seguimiento y de control del plan.

Articulo D.225.70

Seguimiento y evaluación . El seguimiento se efectuará a través del análisis y recopilación periódica y sistemática de información. Su objetivo es mejorar la eficacia y efectividad de los proyectos en base a metas establecidas y actividades planificadas. La evaluación consiste en la comparación de los impactos generados con las acciones estratégicas acordadas.
Notas
Seguimiento y evaluación. El seguimiento se efectuará a través del análisis y recopilación periódica y sistemática de información. Su objetivo es mejorar la eficacia y efectividad de los proyectos en base a metas establecidas y actividades planificadas. La evaluación consiste en la comparación de los impactos generados con las acciones estratégicas acordadas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202